Teóricamente, no debería haber cambios entre los padres y los hijos, cuando existe una situación de divorcio, porque idealmente, la relación debe ser distinta a la relación de pareja.
Sin embargo, eso no deja de ser una utopía, porque el divorcio trastoca la vida familiar, no solo a nivel emocional de sus integrantes, sino también a nivel organizacional y económico.
En efecto, dependiendo de los acuerdos que la pareja haga para la convivencia con los hijos nacidos durante el matrimonio o inclusive, dependiendo de las medidas adoptadas por el Juez que conozca del asunto, serán en parte determinantes en la relación con los hijos.
Incluso, también influyen los acuerdos económicos o decisiones de pensión que determine el Juez, porque obviamente, en la mayoría de los casos, implica que los ingresos familiares se tienen que dividir en dos casas. No es lo mismo pagar una renta o hipoteca; gastos de mantenimiento; un servicio de agua; luz; teléfono; comida; etcétera, que rentar un lugar adicional, con todos los gastos que ello implica, porque la familia se separa.
También debe tomarse en cuenta, que en la mayoría de los casos, el tiempo de convivencia entre padres e hijos se divide; normalmente se alternan los fines de semana, para que los hijos convivan con ambos padres y tengan ambos también, tiempo de esparcimiento, con independencia de que convivan para los quehaceres cotidianos con quien tiene la guarda y custodia de los hijos, pudiendo igualmente existir convivencia con el otro padre o madre, algunas tardes entre semana. También se dividen los períodos vacacionales.
Actualmente está de moda la custodia compartida, esto es, los hijos viven una semana completa con cada uno de sus padres o por quincenas, según sea el acuerdo o la determinación judicial. Los partidarios de la custodia compartida, argumentan que esta forma de convivencia permite que ambos padres compartan responsabilidades y tiempo de esparcimiento por igual, aunque ello puede ser cierto, si no se tienen reglas iguales en ambas casas, se generan problemas familiares y conductuales de los hijos y respecto de la relación que guardan con cada uno de los padres.
Todos los factores a que he hecho referencia, influyen directamente con la convivencia que cada uno de los padres tiene con sus hijos y no debe pasar inadvertido que en los acuerdos entre padre y madre y en las determinaciones judiciales, debe siempre velarse por el interés superior del menor, a efecto de que los hijos cuenten con lo necesario para tener un sano desarrollo, tanto físico, como emocional.
No dejo de destacar que, no obstante que la pareja deje de tener un vínculo matrimonial, es conveniente que mantengan una comunicación sana y cordial, porque ambos seguirán siempre siendo padres de sus hijos y deben tomar decisiones que atañen a ambos y a los menores, las cuales idealmente deben ser adoptadas de común acuerdo, precisamente para procurar un sano desarrollo.
Por último, en mi experiencia profesional he advertido que normalmente es mejor llegar a acuerdos, ya que un Juez, que ni siquiera conoce a los integrantes de la familia, por más preparado y bienintencionado que sea, difícilmente adoptará decisiones que satisfagan a todos sus integrantes, por lo que seguramente será más factible que los padres puedan convenir con mayor eficacia, lo que más conviene a su familia.
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