La obligación de dar alimentos la tienen todos los ascendientes respecto de sus descendientes y en algún momento de la vida esa regla se invierte, lo mismo pasa con los parientes colaterales, en el Distrito Federal y en los Estados de la República Mexicana, esa obligación civil que por cierto es muy incumplida, ha llevado a la necesidad de considerar como delictuosa la conducta de no dar alimentos a aquellos quienes los necesitan.
Desde luego que es una obligación legal y moral para con los familiares, en especial hacia los padres, hijos, hermanos, etc. Sin embargo, es una constante que en aquellos casos en donde las relaciones comienzan a marchar mal, el dinero se convierte en una forma de presión y entonces surge la falta de mensualidad para hacer pasar penurias a quien ahora se considera como “la parte contraria”, esta es una práctica reprobable a la vez que delictuosa, por lo que hay que entrar en cordura y dialogar ya sea con la pareja o con quien se trate para hacer la relación lo más llevadera posible y así evitar conflictos legales de todo tipo.
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