top of page
Anel García

Divorcio: alimentos, bienes y custodia


Al hablar de divorcio en nuestro país, es necesario contemplar diversos aspectos inherentes al matrimonio, como lo son los alimentos, los bienes y la guarda y custodia en caso de haber tenido hijos.

Conforme a la legislación del Distrito Federal, un cónyuge puede solicitar la disolución del matrimonio sin que el otro se encuentre de acuerdo, sin embargo al presentar dicha solicitud deberá acompañarla de una propuesta de convenio con el cual se resuelvan los temas de pensión alimenticia, compensación, repartición de bienes, guarda y custodia de los menores en su caso, en consecuencia el otro cónyuge tendrá nueve días para contestar la petición, conformarse con la propuesta de convenio o bien presentar su oposición, en este último caso, el juez decretará el divorcio y dejará a salvo los derechos de los cónyuges para que interpongan los juicios relativos a pensión alimenticia, compensación, repartición de bienes, guarda y custodia de los menores.

Ahora bien, en cuanto al tema de alimentos es importante mencionar que éstos comprenden los alimentos propiamente dichos, casa, vestido, esparcimiento, debiendo señalar que los cónyuges y los menores tienen la presunción de necesitarlos y los cuales deberán de cuantificarse conforme al nivel de vida de los acreedores alimentarios y la capacidad económica del cónyuge obligado.

En cuanto al tema de bienes, antes de proceder a la liquidación de éstos es necesario revisar los términos del régimen, es decir, en caso de ser sociedad conyugal los bienes se liquidarán a la mitad. Al tratarse de separación de bienes no podrá ser posible su liquidación, sin embargo, el cónyuge que se haya dedicado preponderantemente podrá solicitar una compensación no mayor a la mitad de los bienes.

Por último, conforme a los últimos criterios de la Corte, ambos padres pueden compartir la custodia de los menores hijos que hayan procreado sin importar la edad de éstos, siempre y cuando no existe ninguna circunstancia que pudiera colocarlos en una situación de riesgo, daño o peligro, tal como violencia, alcoholismo o drogadicción, que en todo caso se tendrá que comprobar.


6 visualizaciones

Entradas recientes

Ver todo

Comments


bottom of page