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Laura Valenzuela

¿Cuáles son mis derechos después de contraer matrimonio?


El Código Civil para la Ciudad de México, que es uno en de los ordenamientos en los que se han efectuado recientes modificaciones, acorde a que se permite el matrimonio entre personas del mismo sexo y establece que el Matrimonio “… es la unión libre de dos personas para realizar la comunidad de vida, en donde ambos se procuran respeto, igualdad y ayuda mutua…”


Es indiscutible que uno de los elementos esenciales de esta definición es la libertad, lo que implica que, en el matrimonio, si bien se adquieren derechos, también se contraen obligaciones, porque parte de la unión de dos personas en libertad, por lo que indiscutiblemente, cuando una pareja contrae matrimonio, quedan los contrayentes obligados a prestarse ayuda mutua, porque así lo decidieron libremente.


Ahora sí, entrando en materia, ¿qué es la ayuda mutua?


Desde luego la respuesta es muy, muy amplia. Particularmente opino que, implica realizar todo aquello que sea razonablemente necesario para que la pareja se pueda desarrollar, cada uno en lo individual, como pareja y creando las condiciones necesarias también para el desarrollo de los hijos, cuando hayan decidido tenerlos.


Obviamente eso implica muchas cosas y considero que es fundamental que antes de tomar una decisión tan importante, la pareja platique, sobre todo y como premisa, ¿qué espera del matrimonio?, no sólo para que se establezcan reglas, sino para, precisamente que cada una entienda qué derechos y obligaciones tiene hacia la otra persona.


Desde luego, legalmente están reconocidos determinados derechos, que insisto, son mutuos, por lo que cada derecho tiene su correlativa obligación.


Esos derechos son principalmente, los siguientes:


1.- Derecho a decidir de manera libre, informada y responsable el número y espaciamiento de sus hijos, así como emplear, cualquier método de reproducción asistida, para lograr su propia descendencia. Este derecho será ejercido de común acuerdo por los cónyuges.


2.- Derecho a vivir juntos, en el mismo domicilio, lugar que deben decidir de común acuerdo y se considera el domicilio conyugal; la legislación establece que ambos cónyuges disfrutan en ese domicilio de autoridad y consideraciones iguales.


3.- Contribuir económicamente al sostenimiento del hogar. Parece una obligación, pero es un derecho, tanto de cooperar para la familia, como de disfrutar de lo que el otro aporta. Este derecho y obligación recíproca, comprende el sostenimiento del hogar y de los hijos, proveyéndolos de todo lo necesario para su educación y desarrollo.


Así mismo, la ley establece que la aportación económica, debe distribuirse en la forma y proporción que acuerden, según sus posibilidades y se considera también que el trabajo en el hogar o el cuidado de los hijos, es una contribución económica al sostenimiento del hogar.


4.- El cónyuge que se encuentre imposibilitado para trabajar y carezca de bienes, tiene derecho a que el otro cónyuge atienda totalmente los gastos de manutención de la familia.


5.- Los derechos y obligaciones del matrimonio se consideran iguales para los cónyuges e independientes a su aportación económica para el sostenimiento del hogar.


Como siempre lo he dicho, el matrimonio no es un juego y tiene muchas implicaciones en la vida de varias personas; genera derechos sí, pero con su correlativa obligación para cada uno de los involucrados y por ello, insisto siempre, en lo prudente e importante que es la comunicación de la pareja antes de contraer matrimonio, para que de una manera responsable decidan si quieren enfrentar ese reto, que sin duda puede ser muy positivo, siempre que tengan claro y asuman sus respectivos compromisos.

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